Nos encontramos con un auge en delitos tecnológicos imparable. Ahora con la época navideña van a verse incrementadas las ciberestafas sobre todo las que tienen que ver con phishing, suplantación de la identidad del cliente, suplantación del banco, robo y pérdidas de tarjetas, estafas a través de Bizum, en portales como Segunda Mano, Wallapop, Vinted, correos electrónicos, etc. Ninguno estamos a salvo, y los cuerpos de seguridad del estado así como los abogados expertos en delitos informáticos, no dan abasto.

En estos casos hay varios requisitos para que podamos recuperar nuestro dinero

  • Lo primero avisar a la entidad bancaria inmediatamente, en el mismo momento en el que tengas conocimiento de que te han estafado.
  • Denuncia ante la Guardia Civil o Policía lo antes posible.
  • Y que la víctima no haya cometido negligencia grave ni temeraria.

En estos casos el banco siempre va a decir que la culpa fue tuya por actuar negligentemente y en la mayoría de los casos no te devolverá el dinero. Pero cada vez nos encontramos con más sentencias dando la razón a los clientes. La única forma que tienen las entidades de eludir su responsabilidad es demostrar que el fraude fue fruto de una negligencia grave del cliente. Y para ello necesitarás la ayuda de abogados expertos en delitos informáticos. En Payer Abogados somos pioneros en la lucha contra la ciberdelincuencia a nivel nacional.

RECLAMA TU DINERO. NECESITARÁS ABOGADOS EXPERTOS EN DELITOS INFORMÁTICOS

Según el Índice Global de Banca Digital 2021 elaborado por N26, el número de clientes de banca digital en España aumentó solo un 44% entre 2018 y 2020. Esta tendencia se ha acelerado durante la pandemia debido al crecimiento exponencial en el uso de las compras online y los medios de pago electrónicos, así como también debido al cierre masivo de oficinas bancarias.

El lado b de la digitalización de la banca es el inevitable aumento del fraude, por el cual cada vez más víctimas acuden a los tribunales para responsabilizar a los bancos. Los bancos, como garantes y custodios de los fondos de los clientes, deben de responder por la brecha de seguridad en sus sistemas.

Los cargos fraudulentos se producen cuando terceros acceden a los datos bancarios (número de cuenta, número de tarjeta, código pin, DNI…) del titular de la cuenta bancaria mediante duplicado, clonación de tarjetas bancarias o phishing. A diferencia de los cargos no autorizados, este se produce cuando un usuario proporciona de forma voluntaria y no fraudulenta los datos de su cuenta o tarjeta a un tercero (como un comercio online) para realizar una transacción, pero el importe es superior al acordado. En el caso de cargos fraudulentos, el banco que actúa como proveedor de servicios de pago, es quien debe reponer el dinero sustraído, a menos que pueda demostrar negligencia grave por parte del titular de la cuenta.

Defiende tus derechos y reclama tu dinero. Necesitarás la ayuda de unos abogados especializados en derecho tecnológico.  En Payer Abogados expertos en delitos informáticos y ciberdelincuencia, tenemos experiencia a nivel nacional en todo tipo de ciberestafas y sobre todo en el ámbito del phishing y fraudes bancarios, con altas tasas de éxito.

¿QUE NOS DICE LA LEY DE SERVICIOS DE PAGO AL RESPECTO DE ESTE TIPO DE FRAUDES?

La Ley de Servicios de Pago obliga a los proveedores a observar las medidas de seguridad necesarias para garantizar la identidad de los clientes y la autenticación de las operaciones. Así, la ley impone una responsabilidad cuasi-objetiva a los bancos siempre que la víctima haya autorizado realmente la transferencia. Independientemente de la culpa o dolo del banco, la responsabilidad recae directamente en el banco y sólo puede ser exonerada en caso de fuerza mayor o culpa exclusiva del perjudicado

A pesar de ello, en la mayoría de las ocasiones los bancos rechazan su responsabilidad y no devuelven lo sustraído. Las entidades bancarias recurren a la negativa por sistema.

En Payer Abogados expertos en delitos informáticos, conocemos bien el modus operandi de las entidades bancarias, quienes se limitan a afirmar que la operación fue autorizada y no dan más información sobre su trazabilidad.

¿CÓMO ACTÚAN LOS BANCOS TRAS LAS RECLAMACIONES POR PHISHING?

En la mayoría de las ocasiones, lo que suele ocurrir, es que los bancos desestimen las reclamaciones argumentando que los clientes perjudicados son los culpables por no proteger debidamente, sus claves personales.

Cuando las víctimas afectadas reciben la negativa de la entidad bancaria, hasta ahora, muy pocos acudían a la vía judicial para demandar a su entidad. Todo ello debido a que son delitos muy nuevos y hay muy poca jurisprudencia sobre este tipo de asuntos. Si a ello le sumamos el miedo de perder el juicio y la posibilidad de una condena con costas, hacía que las víctimas perdiesen el interés en demandar, y solían dar por perdido ese dinero.

Sin embargo, a día de hoy, esta realidad está cambiando, debido a que  la reciente jurisprudencia es prácticamente unánime a la hora de considerar que el banco debe restituir las cantidades sustraídas por un tercero, ya que como depositario de los fondos, tiene la obligación legal de conservar y devolver el dinero guardado.

Así, la única forma para que la entidad bancaria evite el reembolso del dinero sustraído mediante phishing, es demostrando que el titular de la cuenta cometió negligencia grave.

CONTACTE CON PAYER ABOGADOS EXPERTOS EN DELITOS INFORMÁTICOS

Si has sido víctima de phishing o cualquier tipo de estafa utilizando medios tecnológicos, no dude en contactar con nuestro despacho. En Payer Abogados somos abogados expertos en delitos informáticos, nuestros casos de éxito en el sector a nivel nacional nos avalan. Puede ponerse en contacto con nosotros a través del teléfono 853 851 221, o bien a través del formulario de contacto de nuestra página web. Estaremos encantados de atenderle.